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Política de Protección de NNA

HOJA DE AUTORIZACIÓN

Nombre del documento:

POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Clave: MEOP-R-JUN-2019

Fecha de aprobación: 14/junio/2019

Formulado por: GENDES A.C.

Integrado por: Coordinación del Programa de Desarrollo Institucional

Dirigido a: Las y los integrantes de GENDES, como herramienta técnico-administrativa que establece las responsabilidades, así como las competencias de las áreas y de los puestos específicos que integran la organización; para su consulta y aplicación correspondientes.

Autorizó

Vicente Mendoza Pérez
Coordinador de Desarrollo Institucional

Autorizó

Mauro Antonio Vargas Urías
Director General

INTRODUCCIÓN

GENDES es una organización de la sociedad civil mexicana especializada en el trabajo con hombres que impulsa procesos de reflexión, intervención, investigación e incidencia desde la perspectiva de género con énfasis en las masculinidades y Derechos Humanos, para promover y fortalecer relaciones igualitarias que contribuyan al desarrollo social.

En este sentido, trabajamos en la generación de propuestas de análisis y construcción de la masculinidad alternativa al modelo hegemónico y patriarcal, con la finalidad de lograr igualdad sustantiva entre hombres y mujeres. Por este motivo, consideramos que el trabajo con hombres y mujeres desde distintas etapas de vida es importante para sensibilizar y prevenir conductas violentas.

Por lo anterior, nuestra organización realiza proyectos que involucran a niñas, niños y adolescentes y es una prioridad organizacional, garantizar en todo momento la integridad, el bienestar y salvaguarda de la integridad de niñas, niños y adolescentes que participan de los procesos que facilita GENDES.

PRINCIPIOS

El presente documento tiene como objetivo ser una guía para ayudar a las personas que conforman el equipo laboral de GENDES a implementar y operar una Política de Protección de niñas, niños y adolescentes.

Para el cumplimiento de este objetivo, el presente documento describe los pasos que GENDES tomará para garantizar que los principios, el enfoque y la práctica descritos en la Política.

Adicionalmente, GENDES adopta como principios básicos los siguientes:

TÉRMINOS Y DEFINICIONES*

Niña, niño y adolescente (NNA): persona menor de 18 años.

Maltrato Infantil: Todas las formas físicas, emocionales, sexuales, de negligencia, comerciales o de explotación que puedan resultar en actual o potencial daño a la salud, vida, desarrollo o dignidad de un niño, niña o adolescente, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder con el personal u otro beneficiario.

Maltrato físico: Daño actual o potencial perpetrado por otra persona, adulto o niño, niña y adolescente, que tiene consecuencias físicas temporales o permanentes. Puede involucrar, pero no se limita a, golpes, sacudidas, envenenamiento, ahogamiento o abrasamiento.

Abuso sexual: Forzar o inducir a un niño, niña o adolescente a tomar parte en actividades sexuales que no comprende en su totalidad y ante las que tiene poca capacidad de consentimiento. Esto puede incluir, pero no se limita a, violación, sexo oral, penetración, actos sin penetración como masturbación, besos, roces y manoseos, y acoso verbal, físico y emocional. También puede incluir el hecho de involucrar a un niño, niña o adolescente en ver pornografía o producir imágenes sexuales, presenciar actividades sexuales.

Maltrato por negligencia: Teniendo en cuenta el contexto, recursos y circunstancias, el maltrato por negligencia se refiere a una constante incapacidad para satisfacer las necesidades básicas, físicas o emocionales, del niño, niña o adolescente que tiene riesgo de sufrir problemas de desarrollo en su salud física, espiritual, moral y mental. Este incluye la incapacidad de supervisar y proteger al menor de edad de peligros, así como la incapacidad de proveerle una buena nutrición, hogar y condiciones de vida adecuadas.

Maltrato emocional: Son los tratos persistentes que afecten el desarrollo emocional del niño, niña o adolescente. Los actos de maltrato emocional pueden incluir restricción del movimiento, humillaciones, uso de apodos, amenazas, discriminación, ridiculización, inducción de miedo y otras formas no físicas de tratos hostiles o de rechazo.

Bullying: Es una forma de discriminación entre pares por sus características o su forma de vida: orientación sexual, identidad de género, nacionalidad, situación migratoria, etnia, sexo, condición socioeconómica, condición de salud, discapacidad, creencias religiosas, opiniones, prácticas basadas en estigmas sociales, embarazo, entre otras. Se manifiesta en comportamientos o conductas repetidas y abusivas con la intención de infringir daño por parte de una o varias personas hacia otra, que no es capaz de defenderse a sí misma. El bullying puede ser violencia de tipo verbal, física, emocional, de índole sexual, material, o cibernética (a través de redes sociales y medios digitales).

Abuso de poder: Es una relación en la que una de las partes ejerce poder o influye sobre la otra, en virtud de su trabajo o dada la naturaleza de su contexto. El abuso de poder lo puede cometer, por ejemplo, el personal docente y administrativo de una escuela, líder religioso, personas voluntarias de ayuda humanitaria, y cualquier persona que entre en contacto con los niños, niñas y adolescentes. Toda persona en posición de poder debe comprender el poder que tienen sobre aquellos por quienes se preocupa y la responsabilidad que ello conlleva.

Revictimización: Es una reacción social negativa generada como consecuencia de la victimización (violación de derechos), donde la víctima re-experimenta una nueva violación a sus derechos, cuando las instituciones sociales y gubernamentales intervienen con el fin de reparar la situación de la víctima, a nivel económico, social, físico y psicológico. La revictimización se da cuando personas que no han sido víctimas del delito responden de forma negativa a las víctimas, creando consecuencias emocionales, sociales, jurídicas y económicas negativas que dejan las relaciones de la víctima con el sistema de protección. Esto puede dejar a la víctima desolada e insegura y generando una pérdida de fe en la habilidad de la comunidad, los profesionales y las instituciones para dar respuesta en la restitución de sus derechos.

ALCANCE

La presente política es aplicable a:

Legislación de carácter nacional

Legislación de carácter internacional

PREVENCIÓN

ANÁLISIS Y MITIGACIÓN DE RIESGOS

Desde GENDES se considera necesario hacer una revisión periódica del análisis y mitigación de riesgos en los siguientes supuestos:

1. En la revisión y actualización de la presente política.
2. Cuando se iniciará un nuevo proyecto que considere como población objetivo a niñas, niños y adolescentes.

Tanto el análisis como la mitigación de riesgos serán incorporados a los informes de diseño, ejecución y resultados de cada área y deberán ser aprobados por el punto focal de GENDES, para tal efecto se deberá integrar el Formato de análisis y mitigación de riesgos (Anexo 1).

Con la finalidad de establecer la dirección y ejes por abordar para la realización del análisis y mitigación de riesgos se establece lo siguiente:

Enfoque de análisis y mitigación de riesgos

Análisis de riesgos

Cuando los indicadores hablan de riesgo, se refieren a cómo el personal, programas y operaciones de cada área, sección y unidad, a través de sus implementaciones, puedan generar maltrato infantil hacia los niños, niñas y adolescentes con los que trabajan. Tanto potencial como actual. Para ello se tomarán las definiciones de maltrato infantil que los indicadores recogen.

Procedimiento de análisis de riesgos

1. El análisis de riesgo se hace a partir de una lluvia de ideas de todo lo que podría generar maltrato en todas sus variantes, con cada área, sección y unidad. Esto también incluye impedir el acceso a otros derechos como educación, vivienda, alimentación.
2. Luego, cada riesgo se clasificará como bajo, medio y alto según dos variantes:
  a. Impacto en los niños, niñas y adolescentes. Es decir, las consecuencias de que sufran un tipo de maltrato.
  b. Probabilidad. Es decir, qué tan probable es que el riesgo se convierta en una realidad.
3. Finalmente, los riesgos se clasifican en orden de prioridad para ser mitigados.

Mitigación de riesgos

Aunque la mayoría de riesgos puede tener soluciones, habrá algunos riesgos que no podrán ser evitados. Todos los riesgos deben ser mitigados, en particular aquellos de prioridad alta (es decir, los que tienen un impacto alto y una probabilidad alta de suceder). Si durante el análisis de mitigación se llega a determinar que los riesgos de probabilidad e impacto altos no pueden ser solucionados, se debe replantear el servicio o actividad del área, sección y/o unidad, así como el personal que ejecutará dicho servicio o actividad. Y si se decide llevar a cabo un servicio o actividad con riesgos sin mitigar, se debe justificar por qué se tomó tal decisión y quién la tomó.

Procedimiento de mitigación de riesgos

1. A cada riesgo detectado, se le debe crear una estrategia de mitigación que:
  a. Confronte el riesgo;
  b. Sea efectiva integralmente (es decir, legal y económicamente, entre otros aspectos);
  c. Sea realista y pueda ser implementada en el contexto en que se desarrolla GENDES.
2. Si el riesgo no tiene mitigación, se debe declarar como “no mitigado”.
3. Al final del Formato de análisis y mitigación de riesgos (Anexo 1) se debe escribir una conclusión:
  – Los riesgos se mitigaron y el servicio, actividad o manejo de personal se puede desarrollar.
  – Los riesgos no se mitigaron y el servicio, actividad o manejo de personal no se puede desarrollar.
4. Todos los Formatos de análisis y mitigación de riesgos (Anexo 1) deberán ser aprobados por el punto focal.

En GENDES realizamos un mapeo del personal, programas y operaciones, del cual obtuvimos dos clasificaciones, por un lado, si el contacto con niñas, niños y adolescentes es Directo o Indirecto, y por otro lado si los riesgos identificados son altos, medios o bajos; derivado de ese análisis surgieron las siguientes recomendaciones para el diseño de programas seguros y que son de carácter observable en todo momento:

1. Relación de colaboración

2. Evidencias fotográficas

3. Diseño e implementación del proyecto

4. Acciones de respuesta

DISTRIBUCIÓN DE RESPONSABILIDADES

Todos los integrantes del equipo de GENDES deben saber que es deber y responsabilidad mantener y procurar la salvaguarda de las niñas, niños y adolescentes; para tal caso deberán atender lo previsto en el código de conducta.

CONTRATACIÓN DE PERSONAL

Con la finalidad de dar cumplimiento a cabalidad de la Política de Protección Infantil, GENDES, a través de la Dirección General y de la Coordinación de Desarrollo Institucional se compromete a desarrollar y llevar a cabo buenas prácticas para la contratación de personal.

Todo el personal será contratado por la institución con una descripción clara de su puesto o trabajo que considere el nivel de interacción que tienen con niñas, niños y adolescentes.

Cuando se publique y anuncie una oferta de trabajo, GENDES incluirá en el anuncio que el puesto está bajo una política de protección infantil organizacional y por lo tanto el proceso de selección estará sujeto a cubrir con los estándares marcados en nuestra política institucional.

Durante el proceso de selección de personal, se deberá explicar de forma sencilla la política institucional y por parte de GENDES se hará una revisión e indagación profunda de las referencias y creencias de las personas aspirantes para verificar la alineación con la política de protección infantil organizacional. Para efecto de dar cumplimiento a lo anterior, se propone usar la lista de verificación correspondiente al Anexo 3.

CÓDIGO DE CONDUCTA

En GENDES la convivencia buena es una de nuestras prioridades por lo que esto se encuentra regulado por los Acuerdos de Convivencia, que son firmados por las y los nuevos integrantes del equipo tras su contratación; en adelante dicho documento deberá contener un apartado específico para que considere lo previsto en la presente política.

Como parte del cumplimiento a la política de protección infantil organizacional las y los colaboradores de GENDES deberán observar lo siguiente:

Comportamiento y conducta aceptables

Comportamiento inaceptable

DESPROTECCIÓN

RUTA DE DENUNCIA

GENDES recibirá información de niñas, niños y adolescentes con sensibilidad y evitará revictimizarlos en el manejo de sus denuncias, quejas o inquietudes. Si una niña, niño o adolescente menciona que está siendo abusado o que ha sido abusado se recomienda lo siguiente:

Adicionalmente se enuncian principios base que todas las personas que conforman el equipo de GENDES deberán adoptar en caso de tener que hacer una denuncia:

En caso de requerir realizar una denuncia será necesario referirse al Anexo 4 ruta de denuncia y llenar de manera conjunta con el punto focal el Anexo 5.

MONITOREO Y EVALUACIÓN

La protección infantil organizacional está incorporada en los procesos de monitoreo y evaluación de la organización de forma cuatrimestral, así como en la entrega de reportes de avance y ejecución de los distintos proyectos y programas. La Dirección General será la encargada de velar por que se lleven a cabo el registro y reporte de riesgos y estrategias de mitigación.

Esta política será revisada cada tres años o cuando se den situaciones que ameriten hacer modificaciones en cualquiera de las partes de esta política.

ANEXOS

¡DONA!